Bicicleta de carga eléctrica plegable y compacta: volumen ocupado, aparcamiento y almacenamiento de una flota de empresa

La obligación de dotar a ciertos edificios de aparcamiento para bicicletas no lleva asociado ningún plazo futuro: está vigente desde finales de 2022. La pregunta práctica para un directivo no es, por tanto, si algún día habrá que reservar sitio, sino cuánto sitio ocupa realmente una bicicleta de carga y qué significa la palabra plegable aplicada a un longtail, la bicicleta de cola alargada. La respuesta se mide en unos pocos centímetros y es bastante menos espectacular de lo que da a entender el argumentario comercial habitual. Página actualizada a 27 de julio de 2026.

Lo esencial de esta página

La obligación de dotar a ciertos edificios de aparcamiento para bicicletas no lleva asociada ninguna fecha límite futura: se basa en los articles L. 113-18 à L. 113-20 du code de la construction et de l'habitation (el código francés de la construcción y la vivienda), y ya no en el article L. 111-5-2, y está vigente desde finales de 2022. Se activa a partir de diez plazas de aparcamiento destinadas a los trabajadores, con un mínimo del 15 % de la plantilla presente simultáneamente en un edificio nuevo de uso industrial o terciario, y del 10 % en un edificio existente de uso terciario. La base dimensional reglamentaria se resume en dos reglas: una superficie de aparcamiento mínima de 1,5 m² por plaza, sin contar el espacio de maniobra, y dos plazas como mínimo. Todas las demás medidas provienen de la guía «Stationnement des vélos dans les constructions» del ministère de la Transition écologique (el ministerio francés de Transición Ecológica), que es una ayuda al diseño y no un texto oponible.

En una bicicleta de carga, la palabra plegable designa en la práctica una potencia o un manillar abatible, una tija de sillín retráctil y ruedas de diámetro pequeño: se gana altura y anchura, y casi nada de longitud. La Tern GSD S10 de tercera generación pasa de 192 a 185 cm de largo una vez plegada, es decir siete centímetros, pero de 68 a 46 cm de ancho y de 118 a 88 cm de alto. Esa ganancia no crea ninguna plaza reglamentaria adicional, ya que la normativa cuenta plazas de 1,5 m²: sirve para guardar la máquina contra una pared, para el almacenamiento estacional de una flota parcialmente sin uso y para transportarla en un vehículo comercial. Página actualizada a 27 de julio de 2026. Este resumen se añadió el 5 de agosto de 2026; el contenido de la página no ha cambiado desde el 27 de julio de 2026.

La obligación de aparcamiento para bicicletas se basa en los articles L. 113-18 à L. 113-20 du code de la construction

Una precisión de vocabulario jurídico antes que nada, porque casi todos los documentos comerciales en circulación la tratan mal. La obligación de instalar infraestructuras de aparcamiento seguro para bicicletas ya no se basa en el article L. 111-5-2 du code de la construction et de l'habitation. Fue recodificada en los articles L. 113-18 à L. 113-20 del mismo código por l'ordonnance n° 2020-71 du 29 janvier 2020 (ordenanza legislativa francesa). Los articles L. 113-18 y L. 113-20 están en vigor desde el 1 de julio de 2021 y no tienen fecha de fin de vigencia. Citar el artículo antiguo en un pliego de condiciones o en una nota interna no es una falta grave, pero es señal de que el documento no se ha actualizado en cinco años, y un maître d'ouvrage atento, el promotor de la obra, lo notará.

El reparto entre los dos artículos importa para saber si le afecta. El article L. 113-18 se refiere a la obra nueva y cubre cuatro familias de edificios: los conjuntos residenciales, los edificios de uso industrial o terciario que constituyen principalmente un lugar de trabajo y están dotados de plazas de aparcamiento destinadas a los empleados, los edificios que albergan un servicio público y están dotados de plazas para los agentes o los usuarios, y los conjuntos comerciales o establecimientos de exhibición cinematográfica dotados de plazas para la clientela. El article L. 113-20 se refiere, por su parte, a los edificios existentes de uso terciario constituidos principalmente por locales de uso profesional, siempre que estén dotados de plazas de aparcamiento destinadas a los trabajadores. Es esta segunda categoría la que afecta a la mayoría de las pymes de Île-de-France, porque no supone ningún proyecto de construcción.

Las modalidades de aplicación las fijaron el décret n° 2022-930 du 25 juin 2022 (decreto francés de aplicación) y l'arrêté du 30 juin 2022 (orden ministerial francesa de desarrollo). El décret creó el article R. 113-14 du code de la construction et de l'habitation, en vigor desde el 26 de diciembre de 2022, que establece el umbral de activación: queda afectado todo propietario de un edificio cuyo aparcamiento comprenda al menos diez plazas destinadas a los trabajadores, así como el copropietario cuyos elementos privativos comprendan al menos diez de esas plazas. Por debajo de diez plazas de aparcamiento asignadas a los trabajadores, la obligación no se aplica.

Las proporciones figuran en el cuadro anexo a l'arrêté du 30 juin 2022, y difieren según si el edificio es nuevo o existente. Para un edificio nuevo de uso industrial o terciario que constituye principalmente un lugar de trabajo, el número mínimo de plazas para bicicletas corresponde al 15 % de la plantilla total de empleados presentes simultáneamente en el edificio. Para un edificio existente de uso terciario, igual que para un edificio cuyo aparcamiento sea objeto de obras, la proporción es del 10 % de la plantilla total de trabajadores presentes simultáneamente. El article 2 de l'arrêté precisa que, para el copropietario contemplado en el apartado II del article R. 113-14, ese mínimo corresponde al 10 % del número total de trabajadores presentes simultáneamente en sus locales.

Conviene conocer dos supuestos límite. El article 4 de l'arrêté fija en el 2 % la relación mencionada en el primer párrafo del article R. 113-13 du code de la construction et de l'habitation, lo que hace depender la activación de la obligación, en caso de obras, del coste de estas en relación con el valor del edificio. Y el article R. 113-17 prevé dos supuestos de excepción: la ausencia de espacio disponible accesible desde la vía pública y la imposibilidad de respetar las prescripciones mínimas del plan local d'urbanisme (el plan urbanístico municipal francés).

Este último punto conduce a una verificación que muchas empresas omiten. El article L. 151-30 du code de l'urbanisme (el código francés de urbanismo), en vigor en su redacción actual desde el 1 de julio de 2021, dispone que, cuando el reglamento del plan local d'urbanisme prevé obligaciones en materia de aparcamiento de vehículos de motor, ha de fijar obligaciones suficientes para las bicicletas en los inmuebles de vivienda y de oficinas, respetando las condiciones previstas en el article L. 113-18 du code de la construction et de l'habitation. El plan local d'urbanisme puede por tanto ser más exigente que el code de la construction, y en ese caso se aplica la norma más restrictiva. Antes de dimensionar un local, hay que leer el reglamento de la zona.

Ninguna fecha límite futura. Hemos buscado un plazo de adecuación a 1 de enero de 2025 para los edificios terciarios existentes en el décret n° 2022-930, en el texto de los artículos y en la guía ministerial: no aparece en ninguna parte. La obligación entró en vigor a finales de diciembre de 2022 y está vigente desde entonces. Un proveedor que le anuncie una fecha límite próxima se equivoca o le está vendiendo urgencia.

Lo que cabe en un local para bicicletas estándar, en centímetros

La base reglamentaria en materia de dimensiones es breve. El article 1er de l'arrêté du 30 juin 2022 establece solo dos reglas: cada plaza de bicicleta implica una superficie de aparcamiento mínima de 1,5 m², sin contar el espacio de maniobra, y una infraestructura de aparcamiento se compone de un mínimo de dos plazas. Todas las demás medidas que se encuentran en los proyectos provienen de la guía «Stationnement des vélos dans les constructions» publicada por el ministère de la Transition écologique, que es una ayuda al diseño. Esta distinción no es académica: quien opone una medida de la guía al maître d'ouvrage como si tuviera valor reglamentario se expone a una respuesta desagradable.

La guía establece que una plaza en estacionamiento perpendicular mide 0,75 m de ancho y 2 m de profundidad, con un pasillo de acceso de 1,80 m. Una plaza para una sola bicicleta situada entre dos obstáculos, paredes, pilares o barandillas, respeta un mínimo de 90 cm de ancho y 2 m de profundidad. La altura libre de todo obstáculo, tanto en los pasillos de circulación como en las plazas, es de al menos 2,00 m. La guía adopta además un gálibo de circulación dimensionado para todos los tipos de ciclos cuyas dimensiones sean inferiores a 0,80 m de ancho y 2,40 m de largo, precisando que esas dimensiones engloban las bicicletas clásicas equipadas con accesorios corrientes, y recomienda, siempre que sea posible, prever adaptaciones para los ciclos de mayor tamaño, hasta 1,20 m de ancho y 2,60 m de largo. Este último punto es una recomendación, no una obligación.

El punto de referencia más útil para juzgar una bicicleta de carga aparece algo más adelante: la guía recuerda que la longitud de un ciclo clásico para adulto varía de 1,80 m a 2 m y que la anchura del manillar es de 0,65 m de media. Es la referencia con la que hay que comparar cualquier máquina antes de concluir que no cabe. La guía recoge además un cuadro del Cerema (el organismo público francés de estudios sobre movilidad y ordenación del territorio) sobre las dimensiones habituales de las bicicletas especiales, que atribuye a un biporteur (bicicleta de carga de dos ruedas con caja delantera) 2,60 m de largo y 70 cm de ancho, a un triporteur (triciclo de carga) 2,30 m y 90 cm, y a una bicicleta alargada 2,00 m y 50 cm.

Para los ciclos de tres ruedas, la guía propone plazas de 2,50 m de longitud y 1,00 m de anchura cuando se disponen unas al lado de otras sin separador, y de 2,50 m por 1,20 m para una plaza aislada. Recomienda reservar el 10 % de las plazas al aparcamiento de bicicletas de gran tamaño y, para la vivienda colectiva, una ratio de una plaza para bicicleta especial por cada diez plazas de bicicletas simples. Se trata, una vez más, de recomendaciones, formuladas bajo un subtítulo explícito, y no de cuotas reglamentarias.

Por último, dos condicionantes de recorrido son determinantes para un local en sótano. Para que un aparcamiento se considere accesible en ascensor, el recorrido desde el exterior debe poder hacerse con la bicicleta de la mano y el ascensor debe tener una longitud interior útil superior o igual a 2 m. Para una rampa, la guía admite una pendiente igual o inferior al 12 %, con tolerancias de hasta el 16 % en una longitud igual o inferior a 4 m y de hasta el 20 % en una longitud igual o inferior a 1 m. Estas dos cifras, dos metros y doce por ciento, deciden por sí solas la viabilidad de la mitad de los proyectos parisinos.

Queda por saber cómo califica la normativa un longtail. La guía clasifica explícitamente las bicicletas alargadas, que designa con el término longtail, entre las bicicletas especiales, junto a las bicicletas de carga, los biporteurs, los triporteurs, los triciclos y los handicycles. Trata esa categoría por separado y prevé para ella áreas libres de mobiliario en el suelo, con dispositivos fijos en el perímetro que permitan el amarre. Esta calificación es útil para dialogar con un arquitecto, pero hay que ser claro sobre su alcance: de ella no se deriva ninguna cuota reglamentaria específica. El porcentaje aplicable sigue siendo el del cuadro anexo a l'arrêté, calculado sobre la plantilla, sin distinción de tipo de bicicleta.

Solo las dos primeras filas tienen valor reglamentario. Las demás medidas provienen de la guía «Stationnement des vélos dans les constructions» del ministère de la Transition écologique, consultada el 27 de julio de 2026.
ElementoMedida de referenciaAlcance
Superficie por plaza1,5 m² sin contar el espacio de maniobraReglamentario, article 1er de l'arrêté du 30 juin 2022
Número mínimo de plazas2Reglamentario, article 1er de l'arrêté du 30 juin 2022
Plaza en estacionamiento perpendicular0,75 m de anchura, 2 m de profundidadGuía ministerial, ayuda al diseño
Plaza aislada entre dos obstáculos0,90 m de anchura, 2 m de profundidadGuía ministerial, ayuda al diseño
Pasillo de acceso1,80 mGuía ministerial, ayuda al diseño
Altura libre de todo obstáculo2,00 mGuía ministerial, ayuda al diseño
Gálibo de circulación adoptado0,80 m de ancho, 2,40 m de largoGuía ministerial, ayuda al diseño
Adaptación para ciclos de mayor tamañohasta 1,20 m de ancho, 2,60 m de largoRecomendación de la guía
Ascensor que da servicio a un aparcamientolongitud interior útil superior o igual a 2 mGuía ministerial, ayuda al diseño
Rampa de accesopendiente inferior o igual al 12 %, 16 % en 4 m como máximo, 20 % en 1 m como máximoGuía ministerial, ayuda al diseño

Lo que la palabra plegable significa realmente en una bicicleta de carga

Este es el punto que las páginas de producto nunca formulan con tanta claridad: muy pocas bicicletas de carga se pliegan en el sentido en que se pliega una bicicleta plegable clásica. En una bicicleta plegable urbana, es el cuadro el que se articula por su mitad y la longitud total queda dividida. En un longtail, el cuadro no se pliega, porque su longitud es precisamente su razón de ser: es ella la que soporta la carga o al pasajero. Lo que se pliega son los accesorios, no el cuadro.

El caso de la Tern GSD S10 de tercera generación lo ilustra al centímetro. La ficha del fabricante da 192 × 68 × 118 cm en configuración desplegada y 185 × 46 × 88 cm una vez plegada, con una operación anunciada en cinco segundos. La ganancia en longitud es por tanto de siete centímetros, menos del cuatro por ciento. La ganancia real está en otra parte: la anchura pasa de 68 a 46 cm y la altura de 118 a 88 cm. La documentación de asistencia de Tern confirma el mecanismo al indicar que lo que se abate es la potencia, y no el cuadro. Una empresa que compre un longtail esperando dividir su longitud de almacenamiento quedará decepcionada; una empresa que lo compre para guardarlo contra una pared o cargarlo en un vehículo comercial habrá hecho el cálculo correcto.

La Tern Quick Haul P9 de primera generación lo demuestra por omisión. Su ficha publica 172,5 × 70 × 102,5 cm en configuración desplegada, un peso de 22,9 kg y un peso total autorizado de 150 kg, pero ninguna dimensión plegada. La ficha llega incluso a precisar que una dimensión plegada no incluiría los portabultos ni los guardabarros, sin dar nunca un valor. Un modelo vendido como compacto no es por tanto necesariamente un modelo plegable, y la ausencia de medida plegada en una ficha de fabricante es en sí misma una información.

La Tern HSD P9 de primera generación publica, en cambio, una medida plegada de 163 × 40,5 × 86 cm, un plegado en cinco segundos, un peso de 25,7 kg, un peso total autorizado de 170 kg y neumáticos en 55-406, es decir ruedas de veinte pulgadas. Su ficha, por el contrario, no publica ninguna longitud total desplegada. Cabe señalar de paso que las medidas varían de una generación a otra de un mismo modelo, y que una ficha de primera generación no describe necesariamente la máquina que usted recibirá: hay que pedir siempre la ficha de la versión del año pedido.

Para medir la diferencia con un plegado real del cuadro, la Gocycle CXi sirve de punto de comparación útil. Su ficha anuncia una longitud total de 1 950 mm y unas dimensiones guardada de 1 180 × 400 × 780 mm, con el caballete recogido y los pedales desmontables retirados, para un peso de unos 23 kg con caballete y pedales incluidos y un peso total de 190 kg. La reducción de longitud alcanza por tanto casi el cuarenta por ciento, porque el cuadro y el manillar se pliegan ambos. Pero la misma ficha indica una carga trasera máxima de 60 kg, lo que sitúa la máquina en un uso familiar y no en el transporte profesional de cargas pesadas. El plegado verdadero se paga en capacidad de carga.

La síntesis cabe en una frase. En una bicicleta de carga, compacto significa en la práctica una potencia o un manillar abatible, una tija de sillín retráctil y ruedas de diámetro pequeño, tres opciones que hacen ganar altura y anchura y casi nada de longitud. Plegable, en el sentido estricto de un cuadro articulado, sigue siendo la excepción, y esa excepción se traduce en una carga útil reducida.

Medidas tomadas de las fichas de fabricante el 27 de julio de 2026. Las dimensiones varían de una generación a otra de un mismo modelo: exija la ficha de la versión del año pedido.
ModeloDimensiones en desplegadoDimensiones en plegadoPeso y peso total autorizado
Tern GSD S10, generación 3192 × 68 × 118 cm185 × 46 × 88 cm, plegado en 5 segundos37,32 kg, 210 kg
Tern HSD P9, generación 1no publicadas en la ficha163 × 40,5 × 86 cm, plegado en 5 segundos25,7 kg, 170 kg
Tern Quick Haul P9, generación 1172,5 × 70 × 102,5 cmninguna medida plegada publicada22,9 kg, 150 kg
Gocycle CXi1 950 mm de longitud total1 180 × 400 × 780 mm, caballete recogido, pedales retirados23 kg, 190 kg

Lo que estos centímetros cambian en un edificio real

Confrontar las medidas de la máquina con las del edificio da una conclusión clara, pero ajustada. Con 192 cm de longitud, la Tern GSD se mantiene dentro del rango del ciclo clásico para adulto, que la guía ministerial sitúa entre 1,80 m y 2 m. Con 68 cm de anchura en el manillar, supera en solo tres centímetros la anchura media de 0,65 m adoptada por la misma guía. Un longtail de este formato no es por tanto un objeto desmesurado en un local para bicicletas: es una bicicleta de ciudad algo ancha. El biporteur, en cambio, se sale claramente de ese rango con sus 2,60 m según el cuadro del Cerema, y es él el que plantea los verdaderos problemas de acondicionamiento.

Dicho esto, hay que decirlo con honestidad: cabe por los pelos. Una plaza en estacionamiento perpendicular mide 0,75 m de ancho para un manillar de 0,68 m, es decir siete centímetros de holgura en total. La guía impone además una separación entre ejes de al menos 75 cm entre dos bicicletas colocadas una al lado de otra y de al menos 38 cm entre el eje de una bicicleta y un obstáculo lateral. Escribir que la bicicleta cabe sería exacto sobre el papel y engañoso en el uso, porque un empleado con prisa que maniobra 37 kg en siete centímetros de margen acabará desistiendo y dejará la máquina en el vestíbulo. En un proyecto real, es mejor apuntar a la plaza aislada entre dos obstáculos, de 0,90 m, o reservar algunas plazas de gran tamaño conforme a la recomendación de la guía.

El mismo razonamiento vale para el ascensor. La condición de longitud interior útil es de 2 m como mínimo, y una GSD desplegada mide 192 cm: el margen es de ocho centímetros, a condición de que la cabina esté vacía y que la bicicleta entre perfectamente alineada. Un biporteur de 2,60 m queda excluido de entrada. Es la primera prueba que hay que hacer antes de plantearse un local en sótano, y se hace con una cinta métrica en diez minutos.

El plegado sirve entonces para algo distinto de lo que se cree. Reducir la anchura de 68 a 46 cm no crea ninguna plaza reglamentaria adicional, ya que la normativa cuenta plazas de 1,5 m² y no bicicletas apretadas unas contra otras. En cambio, esa anchura plegada transforma tres situaciones concretas: guardar la máquina contra una pared en un cuarto de trastos o un pasillo técnico, el almacenamiento estacional de una flota parcialmente sin uso, y el transporte de la máquina en un vehículo comercial, por ejemplo para volver al taller tras una avería. Son ganancias de explotación, no ganancias de conformidad.

Un último factor se olvida sistemáticamente en los proyectos: el peso. Una rampa al 12 % superada con una bicicleta de ciudad de 15 kg no tiene nada que ver con la misma rampa superada con 37,32 kg, y las tolerancias del 16 % y del 20 % solo valen, respectivamente, en 4 m y en 1 m. Si el local no está a nivel de calle, el asunto no es el volumen ocupado sino el esfuerzo, y este condiciona la tasa de uso real de la flota mucho más que el número de plazas instaladas. Las consecuencias presupuestarias de estas decisiones se tratan en nuestra página dedicada al coste de una flota de bicicletas de carga en la empresa.

Las normas aplicables: lo que dicen y lo que no imponen

Antes de cualquier discusión normativa conviene una advertencia, que sirve de salvaguarda. El article 17 du décret n° 2009-697 du 16 juin 2009, relativo a la normalización, dispone que las normas son de aplicación voluntaria, y que las normas pueden hacerse de aplicación obligatoria mediante arrêté firmado por el ministro encargado de la industria y por el o los ministros interesados. En otras palabras, nadie puede oponerle una norma obligatoria sin citar el arrêté que la convierte en tal. Un proveedor que escriba «norma obligatoria» sin referencia de arrêté comete una inexactitud.

La norma de seguridad de la bicicleta de pedaleo asistido es la NF EN 15194+A1, publicada en agosto de 2023, en vigor, 146 páginas, que sustituyó a la NF EN 15194 de octubre de 2017, hoy anulada. Describe un ciclo cuyo motor tiene una potencia nominal continua máxima de 0,25 kW y cuya asistencia se interrumpe cuando el vehículo alcanza 25 km/h, o antes si el ciclista deja de pedalear. Excluye de su ámbito los ciclos destinados al alquiler en estación sin vigilancia, es decir los sistemas de bicicleta pública. Este último punto merece una lectura atenta por parte de cualquier empresa que se plantee poner una flota a disposición sin supervisión.

La misma definición figura en derecho positivo en el article R. 311-1 du code de la route (el código de circulación francés), cuya versión en vigor a 27 de julio de 2026 resulta del décret n° 2026-652 du 22 juillet 2026, aplicable desde el 25 de julio de 2026. Al ser un texto muy reciente, su redacción debe volverse a comprobar en la fecha de cualquier decisión de compra o de redacción contractual.

La familia de normas propia de los ciclos utilitarios es la serie EN 17860, y hay que hablar de ella con exactitud porque no es antigua ni está terminada. La parte 3, dedicada a los ciclos utilitarios ligeros de varias vías y a sus aspectos mecánicos, se publicó en septiembre de 2024, tiene 55 páginas y está en vigor. La parte 5, dedicada a los aspectos eléctricos, se publicó en diciembre de 2024, tiene 34 páginas y está igualmente en vigor. La parte 2, dedicada a los ciclos utilitarios ligeros de dos ruedas y a sus aspectos mecánicos, es la que se refiere a un longtail. Se publicó como NF EN 17860-2+A1 el 15 de julio de 2026. Al ser esta publicación muy reciente en la fecha de esta página, la edición en vigor debe reconfirmarse ante AFNOR (el organismo francés de normalización) antes de inscribirla en un documento contractual.

En cambio, la serie no está completa. La parte 6, dedicada al transporte de pasajeros de cara a la marcha o de espaldas a ella en un ciclo utilitario, excluidas las sillas infantiles que corresponden a la EN 14344:2022, está todavía en estado de proyecto sometido a información pública y no está publicada a 27 de julio de 2026. Es precisamente la parte que trataría del transporte de un pasajero adulto en un longtail. Toda empresa que se plantee este uso debe saber que a día de hoy no existe ninguna norma europea publicada que lo cubra específicamente.

La consecuencia práctica es sencilla. En un pliego de condiciones no basta con escribir «conforme a EN 17860», fórmula que no significa nada porque la serie comprende varias partes en estados de avance distintos. Hay que exigir la parte y el año de edición, por ejemplo la referencia exacta de la parte aplicable al tipo de ciclo pedido, y pedir al proveedor la declaración correspondiente. Es la única redacción que resiste una discusión técnica.

Las fechas de edición de las distintas partes de la serie EN 17860 no están alineadas y algunas partes son objeto de modificaciones. Aquí solo publicamos las fechas que hemos podido verificar en las fichas de AFNOR con fecha de 27 de julio de 2026. Antes de inscribir una referencia en un documento contractual, haga confirmar la edición en vigor ante AFNOR.

El papel de Wander Fleet en un proyecto de flota, y sus límites

Wander Fleet pone en contacto a empresas de Île-de-France con sociedades de crédit-bail (arrendamiento financiero con opción de compra) susceptibles de financiar el equipamiento de sus empleados o de sus rutas con bicicletas de carga eléctricas. Esta actividad corresponde a la de indicateur (mero presentador de negocio) en el sentido del 2° del article R. 519-2 du code monétaire et financier (el código monetario y financiero francés), es decir, a la de una persona que se limita a poner en contacto al cliente y a la entidad financiera. Por ello, Wander no está inscrita en ORIAS (el registro francés único de intermediarios en seguros, banca, finanzas y crédito) ni tiene por qué estarlo.

De ello se derivan tres límites que preferimos enunciar antes de que un cliente potencial los descubra. Wander no financia ni presta. Wander no negocia las condiciones de la operación ni facilita a ningún cliente ninguna estimación de cuota, plazo, valor residual ni garantía. Los simuladores del sitio son herramientas de libre acceso basadas en hipótesis publicadas y modificables. La valoración vinculante, la estructuración y la aceptación del expediente corresponden en exclusiva a la entidad financiera, una sociedad de crédit-bail, independiente de Wander, que es la única que decide. Por último, Wander no sustituye ni a su expert-comptable (el asesor contable colegiado francés) ni a su asesor jurídico.

Una precisión de vocabulario, porque tiene consecuencias. La palabra leasing se emplea en este sitio como término de mercado, porque es el que usan los directivos. La calificación jurídica exacta de la operación que presentamos es el crédit-bail en el sentido del article L. 313-7 du code monétaire et financier, lo que la distingue de un arrendamiento simple por la existencia de una opción de compra a favor del arrendatario. Esta distinción no es cosmética: conlleva consecuencias contables y fiscales que corresponde apreciar a su asesoría.

Por último, y es una información que consideramos más útil que un argumento comercial: a día de hoy no hay firmado ningún contrato de financiación entre Wander y una entidad financiera. No reivindicamos por tanto ninguna alianza. Habría que corregir cualquier página de este sitio que diera a entender lo contrario, e invitamos a nuestros lectores a señalárnoslo.

Sobre los temas vecinos, nuestra página dedicada al forfait mobilités durables (ayuda francesa a la movilidad sostenible) detalla por qué una flota puesta a disposición por el empleador no da derecho a esa ayuda, que indemniza al empleado que utiliza su propia bicicleta. Nuestra página dedicada a las ayudas a la bicicleta de carga en Île-de-France recopila los programas abiertos, cerrados y sin resolver, y lo que cambia en ellos una financiación en crédit-bail. Nuestra página dedicada a las restricciones de circulación de los vehículos comerciales en Paris hace balance del estado real del derecho aplicable a las zones à faibles émissions (ZFE, las zonas francesas de bajas emisiones), sin exagerar la limitación. Y nuestra página dedicada al coste de una flota de bicicletas de carga en la empresa trata las partidas de gasto que la presente página deja voluntariamente de lado.

El papel de Wander Fleet, y lo que no es

Wander SAS explota Wander Fleet e interviene como apporteur d'affaires (presentador de negocio) ante las empresas de Île-de-France que equipan a sus equipos con bicicletas de carga de pedaleo asistido. La financiación corre a cargo de una sociedad de crédit-bail, independiente de Wander. Wander presenta el expediente a esas entidades sin ser parte en la financiación. Wander no concede ninguna financiación, no es entidad de crédito ni sociedad de financiación, no es intermediario en operaciones bancarias y de servicios de pago, no está inscrita en ORIAS y no presta ningún asesoramiento en materia de crédito. Nuestra intervención es la del simple indicateur mencionado en el 2° del article R. 519-2 du code monétaire et financier. Wander no establece ni transmite ningún importe de cuota: las condiciones financieras se las comunica directamente la entidad que usted haya elegido, supeditadas a la aceptación del expediente.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cabe una bicicleta de carga longtail en un local para bicicletas estándar?

Sí, pero por los pelos. Una Tern GSD S10 de tercera generación mide 192 cm de largo y 68 cm de ancho en el manillar, mientras que la guía ministerial sitúa un ciclo clásico para adulto entre 1,80 m y 2 m de largo con un manillar de 0,65 m de media. Como una plaza en estacionamiento perpendicular tiene 0,75 m de ancho, quedan siete centímetros de holgura, lo que es geométricamente suficiente y prácticamente incómodo. En un proyecto real, es mejor apuntar a una plaza aislada entre dos obstáculos, de 0,90 m de ancho y 2 m de profundidad, o reservar algunas plazas de gran tamaño. Un biporteur, con 2,60 m según el cuadro del Cerema recogido por la guía, no cabe en una plaza estándar.

¿Le afecta a mi empresa la obligación de aparcamiento para bicicletas?

El criterio de activación figura en el article R. 113-14 du code de la construction et de l'habitation: queda afectado todo propietario de un edificio cuyo aparcamiento comprenda al menos diez plazas destinadas a los trabajadores, así como el copropietario cuyos elementos privativos comprendan al menos diez de esas plazas. Para un edificio existente de uso terciario, el mínimo es del 10 % de la plantilla total de trabajadores presentes simultáneamente; para un edificio nuevo de uso industrial o terciario que constituye principalmente un lugar de trabajo, es del 15 % de la plantilla de empleados presentes simultáneamente. También hay que comprobar el reglamento del plan local d'urbanisme, que puede ser más exigente en aplicación del article L. 151-30 du code de l'urbanisme.

¿Existe una fecha límite de adecuación?

No, y lo cierto es lo contrario: la obligación ya está en vigor. Hemos buscado un plazo de adecuación a 1 de enero de 2025 en el décret n° 2022-930 du 25 juin 2022, en el texto de los artículos del code de la construction y en la guía ministerial, y no aparece en ninguna parte. El article R. 113-14 está en vigor desde el 26 de diciembre de 2022. Un prestador que le anuncie una fecha límite próxima se equivoca o está construyendo una urgencia comercial artificial.

¿Se pliega de verdad una bicicleta de carga eléctrica?

Casi nunca en el sentido de una bicicleta plegable clásica, cuyo cuadro se articula por su mitad. En un longtail, lo que se abate es la potencia o el manillar, la tija del sillín se retrae, y las ruedas son a menudo de diámetro pequeño. La Tern GSD S10 pasa así de 192 a 185 cm de largo una vez plegada, es decir siete centímetros, mientras que su anchura cae de 68 a 46 cm y su altura de 118 a 88 cm. La Tern Quick Haul P9 de primera generación no publica siquiera ninguna dimensión plegada. En cambio, una bicicleta cuyo cuadro se pliega realmente, como la Gocycle CXi, que pasa de 1 950 mm de longitud total a 1 180 mm guardada, lo paga con una carga trasera máxima de 60 kg. La ganancia de un longtail compacto está en la anchura y la altura, no en la longitud.

¿Puedo exigir la conformidad con la norma EN 17860 en mi pliego de condiciones?

Puede exigirla contractualmente, pero no presentarla como una obligación legal: el article 17 du décret n° 2009-697 du 16 juin 2009 establece que las normas son de aplicación voluntaria, salvo arrêté que las haga obligatorias. Sobre todo, la mención «conforme a EN 17860» es demasiado imprecisa para ser útil, porque la serie comprende varias partes publicadas en fechas distintas. La parte 3, ciclos utilitarios ligeros de varias vías, aspectos mecánicos, es de septiembre de 2024 y tiene 55 páginas; la parte 5, aspectos eléctricos, es de diciembre de 2024 y tiene 34 páginas. Para un longtail, la parte aplicable es la NF EN 17860-2+A1, publicada el 15 de julio de 2026. Exija la parte aplicable al tipo de ciclo pedido, su año de edición y la declaración del fabricante.

¿Existe una norma que cubra el transporte de un pasajero adulto en un longtail?

No hay ninguna norma europea publicada a día de hoy. La parte 6 de la serie EN 17860, dedicada al transporte de pasajeros de cara a la marcha o de espaldas a ella en un ciclo utilitario y que excluye las sillas infantiles correspondientes a la EN 14344:2022, está todavía en estado de proyecto sometido a información pública y no estaba publicada a 27 de julio de 2026. Una empresa que se plantee este uso debe basarse en las indicaciones del fabricante, en particular el peso total autorizado de la máquina, y hacer validar la cuestión por su aseguradora antes de cualquier despliegue.

¿Puede Wander decirme lo que costará mi financiación?

No, y es un límite asumido de nuestro papel. Wander Fleet interviene como indicateur en el sentido del 2° del article R. 519-2 du code monétaire et financier, sin inscripción en ORIAS: ponemos en contacto, no financiamos, no negociamos y no facilitamos a ningún cliente ninguna estimación de cuota, plazo, valor residual ni garantía; los simuladores del sitio, de libre acceso y basados en hipótesis publicadas y modificables, no constituyen una oferta personalizada. La valoración vinculante y la aceptación del expediente corresponden exclusivamente a la entidad financiera, una sociedad de crédit-bail, independiente de Wander. Precisamos igualmente que a día de hoy no hay firmado ningún contrato de financiación y que, por tanto, no reivindicamos ninguna alianza.

Fuentes

De dónde vienen estas cifras

Cada dato está vinculado a su fuente y a la fecha en que lo hemos verificado. Los textos evolucionan: si observa una discrepancia, escríbanos y lo corregiremos.

  1. Légifrance, article L. 113-18 du code de la construction et de l'habitation, creado por l'ordonnance n° 2020-71 du 29 janvier 2020, en vigor desde el 1 de julio de 2021 www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000041563741 consultada el 27/07/2026
  2. Légifrance, article L. 113-20 du code de la construction et de l'habitation, edificios existentes de uso terciario, en vigor desde el 1 de julio de 2021, sin fecha de fin de vigencia www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000041563745 consultada el 27/07/2026
  3. Légifrance, article R. 113-14 du code de la construction et de l'habitation, umbral de diez plazas destinadas a los trabajadores, en vigor desde el 26 de diciembre de 2022 www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000045966366 consultada el 27/07/2026
  4. Légifrance, décret n° 2022-930 du 25 juin 2022 relativo a la seguridad de las infraestructuras de aparcamiento de bicicletas en los edificios www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000045964197 consultada el 27/07/2026
  5. Légifrance, arrêté du 30 juin 2022 relativo a la seguridad de las infraestructuras de aparcamiento de bicicletas en los edificios, texto completo y cuadro anexo, cuotas del 15 % y del 10 %, article 4 que fija la relación en el 2 % www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000046005722 consultada el 27/07/2026
  6. Légifrance, article 1er de l'arrêté du 30 juin 2022, superficie mínima de 1,5 m² sin contar el espacio de maniobra y mínimo de dos plazas www.legifrance.gouv.fr/loda/article_lc/LEGIARTI000046010578 consultada el 27/07/2026
  7. Légifrance, article 2 de l'arrêté du 30 juin 2022, cuota del 10 % aplicable al copropietario mencionado en el apartado II del article R. 113-14 www.legifrance.gouv.fr/jorf/article_jo/JORFARTI000046005729 consultada el 27/07/2026
  8. Légifrance, article L. 151-30 du code de l'urbanisme, obligaciones de aparcamiento para bicicletas en el plan local d'urbanisme, versión en vigor desde el 1 de julio de 2021 www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000041587218 consultada el 27/07/2026
  9. Légifrance, article 17 du décret n° 2009-697 du 16 juin 2009 relativo a la normalización, aplicación voluntaria de las normas www.legifrance.gouv.fr/jorf/article_jo/JORFARTI000020750005 consultada el 27/07/2026
  10. Légifrance, article R. 311-1 du code de la route, definición del ciclo de pedaleo asistido, versión modificada por el décret n° 2026-652 du 22 juillet 2026 www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000051682572 consultada el 27/07/2026
  11. Ministère de la Transition écologique, guía «Stationnement des vélos dans les constructions, dimensions et caractéristiques», medidas de las plazas, gálibo de 0,80 m por 2,40 m que engloba las bicicletas clásicas equipadas con accesorios corrientes, tratamiento separado de las bicicletas especiales y de sus áreas de amarre, ascensor, rampa, cuadro Cerema de las bicicletas especiales www.ecologie.gouv.fr/sites/default/files/documents/guide-stationnement-velo-constructions.pdf consultada el 27/07/2026
  12. AFNOR, NF EN 17860-3, ciclos utilitarios ligeros de varias vías, aspectos mecánicos, publicación septiembre de 2024, estado en vigor, 55 páginas www.boutique.afnor.org/en-gb/standard/nf-en-178603/carrier-cycles-part-3-lightweight-multi-track-carrier-cycles-mechanical-asp/fa202651/429058 consultada el 27/07/2026
  13. AFNOR, NF EN 17860-5, ciclos utilitarios, aspectos eléctricos, publicación diciembre de 2024, estado en vigor, 34 páginas www.boutique.afnor.org/en-gb/standard/nf-en-178605/carrier-cycles-part-5-electrical-aspects/fa202655/447720 consultada el 27/07/2026
  14. Norm'Info AFNOR, PR NF EN 17860-6, ciclos utilitarios, transporte de pasajeros, anuncio de información pública, documento no publicado norminfo.afnor.org/consultation/131210 consultada el 27/07/2026
  15. AFNOR / Norm'Info, NF EN 17860-2+A1, ciclos utilitarios ligeros de dos ruedas, aspectos mecánicos, publicada el 15 de julio de 2026 norminfo.afnor.org/norme/nf-en-17860-2a1/cycles-utilitaires-partie-2-cycles-utilitaires-legers-a-2-roues-aspects-mecaniques/317861 consultada el 27/07/2026
  16. AFNOR, NF EN 15194+A1, ciclos de pedaleo asistido EPAC, publicación agosto de 2023, estado en vigor, 146 páginas, sustituye a la NF EN 15194 de octubre de 2017 anulada www.boutique.afnor.org/en-gb/standard/nf-en-15194-a1/cycles-electrically-power-assisted-cycles-epac-bicycles/fa206501/351229 consultada el 27/07/2026
  17. Tern Bicycles, ficha de producto GSD S10 generación 3, dimensiones 192 × 68 × 118 cm y 185 × 46 × 88 cm plegada, 37,32 kg, peso total autorizado 210 kg www.ternbicycles.com/fr/bikes/473/gsd-s10 consultada el 27/07/2026
  18. Tern Bicycles, ficha de producto HSD P9 generación 1, dimensiones plegada 163 × 40,5 × 86 cm, 25,7 kg, peso total autorizado 170 kg, neumáticos 55-406 www.ternbicycles.com/fr/bikes/471/hsd-p9 consultada el 27/07/2026
  19. Tern Bicycles, ficha de producto Quick Haul P9 generación 1, dimensiones 172,5 × 70 × 102,5 cm, 22,9 kg, peso total autorizado 150 kg, ninguna dimensión plegada publicada www.ternbicycles.com/en/bikes/471/quick-haul-p9 consultada el 27/07/2026
  20. Gocycle Europe, ficha de producto CXi, longitud total 1 950 mm, dimensiones guardada 1 180 × 400 × 780 mm, 23 kg, peso total 190 kg, carga trasera máxima 60 kg gocycle.com/eu/webstore/gocycles/gocycle-fc/gocycle-cxi/gocycle-cxi-white-black consultada el 27/07/2026

Haga estudiar sus usos y dimensione una flota de bicicletas de carga

Descríbanos sus rutas, sus centros y sus cargas. Le enviamos un estudio de uso y de material: una configuración de máquinas y un dimensionamiento de flota. A continuación le indicamos sociedades de crédit-bail y les presentamos su expediente, sin ser parte en la financiación. Las condiciones financieras, incluido cualquier importe de cuota, se las comunica directamente la entidad financiadora que usted haya elegido: Wander no las establece ni las transmite.

Nuestro estudio no constituye una oferta, ni una propuesta, ni una promesa de financiación. Las condiciones las fija la entidad financiadora y quedan supeditadas a la aceptación del expediente.

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